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	<title>Comentarios en: El tanteo y el retracto</title>
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	<description>Inversión con precios, rentas y plusvalías muy interesantes: info@pisosconinquilinos.com</description>
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		<title>Por: pisosconinquilinos</title>
		<link>http://pisosconinquilinos.com/blog/el-tanteo-y-el-retracto/comment-page-1#comment-109</link>
		<dc:creator>pisosconinquilinos</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Mar 2010 18:33:48 +0000</pubDate>
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		<description>Es importante diferenciar entre obras de conservación y obras de mejora. Si son de conservación, el inquilino no se puede negar y se le pueden repercutir en el alquiler, pero si son de mejora, Usted las puede hacer en la finca, pero el inquilino se puede negar a que se hagan en su piso y si no se niega no las tiene que pagar.
Y en el caso de las obras de conservación , le correspondería pagar el 12% del total de la obra (multiplicado por el coeficiente de participación de su piso en la finca si son obras comunitarias) pero sin que pase del 50% de lo que paga de renta.
Y respecto a si el propietario esta obligado a concederle el permiso de obra también depende de si son obras de conservación o de mejora. Y si son obras de conservación si que está obligado.
Aquí adjunto un link donde explican esto con detalle: http://forovivienda.com/vivienda-en-alquiler/contratos-de-alquiler-de-renta-antigua/repercusion-de-obras-de-conservacion/</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es importante diferenciar entre obras de conservación y obras de mejora. Si son de conservación, el inquilino no se puede negar y se le pueden repercutir en el alquiler, pero si son de mejora, Usted las puede hacer en la finca, pero el inquilino se puede negar a que se hagan en su piso y si no se niega no las tiene que pagar.<br />
Y en el caso de las obras de conservación , le correspondería pagar el 12% del total de la obra (multiplicado por el coeficiente de participación de su piso en la finca si son obras comunitarias) pero sin que pase del 50% de lo que paga de renta.<br />
Y respecto a si el propietario esta obligado a concederle el permiso de obra también depende de si son obras de conservación o de mejora. Y si son obras de conservación si que está obligado.<br />
Aquí adjunto un link donde explican esto con detalle: <a href="http://forovivienda.com/vivienda-en-alquiler/contratos-de-alquiler-de-renta-antigua/repercusion-de-obras-de-conservacion/" rel="nofollow">http://forovivienda.com/vivienda-en-alquiler/contratos-de-alquiler-de-renta-antigua/repercusion-de-obras-de-conservacion/</a></p>
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		<title>Por: Pepe</title>
		<link>http://pisosconinquilinos.com/blog/el-tanteo-y-el-retracto/comment-page-1#comment-107</link>
		<dc:creator>Pepe</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Mar 2010 17:07:07 +0000</pubDate>
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		<description>Quería hacerte una consulta:

Estamos pensando en comprar una casa de dos plantas donde en un pequeño apartamento con un inquilino de renta antigua con contrato indefinido.
Nuestra idea es arreglar toda la casa para vivir en ella y podríamos hacerlo con el inquilino de abajo.
Si arreglamos toda la casa incluída la vivienda del inquilino (durante la obra tendríamos que darle una vivienda alternativa a esta persona) a la vuelta del inquilino al piso reformado: ¿el precio del alquiler sería el mismo o podemos actualizarlo teniendo en cuenta la reforma que se ha llevado a cabo en la vivienda? ¿hay algún baremo que regule el porcentaje de esa subida en la renta?
¿Podría negarse a llevar a cabo esa reforma?

Otra cuestión es: si por algún motivo el inquilino de renta antigüa no pudiera vivir en esa casa sin llevar a cabo una obra, ¿está el propietario obligado a concederle el permiso de obra? 

Muchas gracias por tu ayuda,
Pepe</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Quería hacerte una consulta:</p>
<p>Estamos pensando en comprar una casa de dos plantas donde en un pequeño apartamento con un inquilino de renta antigua con contrato indefinido.<br />
Nuestra idea es arreglar toda la casa para vivir en ella y podríamos hacerlo con el inquilino de abajo.<br />
Si arreglamos toda la casa incluída la vivienda del inquilino (durante la obra tendríamos que darle una vivienda alternativa a esta persona) a la vuelta del inquilino al piso reformado: ¿el precio del alquiler sería el mismo o podemos actualizarlo teniendo en cuenta la reforma que se ha llevado a cabo en la vivienda? ¿hay algún baremo que regule el porcentaje de esa subida en la renta?<br />
¿Podría negarse a llevar a cabo esa reforma?</p>
<p>Otra cuestión es: si por algún motivo el inquilino de renta antigüa no pudiera vivir en esa casa sin llevar a cabo una obra, ¿está el propietario obligado a concederle el permiso de obra? </p>
<p>Muchas gracias por tu ayuda,<br />
Pepe</p>
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